Una pensión es una prestación económica destinada al trabajador al cumplir al menos 60 años de edad, en caso de accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laboral.
De igual manera en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado protege a sus beneficiarios previo cumplimiento de los requisitos indicados en la Ley del Seguro Social. El otorgamiento de la pensión se realiza mediante la entrega de una resolución, respaldando el derecho al pago de un importe mensual y al servicio médico.
Un NSS (Número de Seguro Social) Se compone de 11 dígitos únicos para cada trabajador registrado ante el seguro social, la distribución se basa en:
Realizamos un estudio en el cual verificamos toda la información del trabajador de cara al IMSS para conocer su situación actual.
Analizamos y verificamos la información adquirida, con el fin de darle a conocer varias alternativas para lograr un fin mutuo.
El trabajador elige la que se adecue a sus necesidades y presupuesto.
Todo el plan de acción que se haya pactado, se plasma por escrito en un contrato, para protección de ambas partes.
Ejecutamos las acciones convenidas para lograr el beneficio de la pensión.
Tramitamos la pensión y les apoyamos a recuperar los recursos de: AFORE - INFONAVIT, terminando satisfactoriamente el proceso.
¡LA PENSIÓN DE TUS SUEÑOS ES POSIBLE!
EXISTEN 3 MODALIDADES PARA PENSIONARSE:
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Así como el IMSS se divide en Ley vieja (Ley 73) y la nueva (Ley 97), en el caso del ISSSTE para establecer las pensiones se divide en dos opciones: por el ARTÍCULO DÉCIMO TRANSITORIO y por CUENTAS INDIVIDUALES.
Régimen décimo transitorio ISSSTE - Tipos de pensión
•Pensión por Jubilación
•Pensión por Retiro por Edad y Tiempo de Servicios
•Pensión por Cesantía en Edad Avanzada
•Pensión por Invalidez
•Pensión por Muerte
Para esta pensión se toma en cuenta 30 años de cotización para hombres y 28 para mujeres. Además se considera la edad de los trabajadores como indica la siguiente tabla:
Importe de pensión por jubilación:
El importe será el 100% del sueldo básico del último año anterior al año en el cual el trabajador se da de baja.
El monto de esta pensión es el equivalente a un porcentaje del sueldo básico del trabajador en el último año anterior a su año de baja. El porcentaje viene descrito en el cuadro de abajo.
Esta pensión es para trabajadores con 60 años o más, que hayan cotizado como mínimo 10 años, que hayan dejado voluntariamente el servicio y que ya no tengan trabajo remunerado.
A partir del 2010 la edad mínima para ser beneficiario de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada se incrementó un año de edad por cada dos años, hasta llegar al 2018 con 65 años de edad.
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